Nuevas noticias de la ITV mas alentadoras...se modifica.
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La aplicación del R.D. 866/2010 el pasado Enero, ha generado un alboroto en el sector de la motocicleta; al parecer las ITV's interpretan cada una el R.D. y su aplicación de una manera, y así ocurre que la mayoría aplican como reforma lo que no es, y en los pocos días que tiene en vigor el R.D., ya ha generado una polémica para los usuarios. Los fabricantes de motos y de accesorios están estos días mareados por la Ley en cuestión, y es que puede que el legislador que la ha redactado pensaba más en los coches que en las motos.
La Ley en cuestión se aplica a través del MANUAL DE REFORMAS DE VEHICULOS, y en este indica; que el Real Decreto 866/2010 de 2 de Julio de 2010, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos, tiene como objeto unificar criterios de la legislación española en la materia y la emitida por la Unión Europea. Este real decreto, mantiene la coherencia entre la normativa europea de homologación de vehículos y la nacional sobre las reformas de los mismos; su aplicación debe permitir mantener las condiciones de seguridad activa y pasiva de los vehículos y su comportamiento en lo que se refiere a la protección al medio ambiente.
En el Manual, indica todo lo que se considerará reforma en función de tipo de vehículo, así como el proceso que debe realizarse para su homologación. Y es aquí donde las ITV´s le han dado campo ancho a su imaginación, aplicando cada empleado su criterio y no lo que dice el Manual, puesto que muchos consideran reforma todo aquello que no va instalado de origen, y a consecuencia de ello, tiene que estar homologado por un laboratorio autorizado, y montado por un taller autorizado.
Si bien el Manual deja claro donde se aplica y como, también es cierto que en las ITV's tienen que leérselo todo, puesto que en la Sección II, Grupo 8-52 dice textualmente esto:
"No tendrán consideración de reforma la instalación de elementos que sean desmontables con herramientas de uso común siempre y cuando sea una instalación sobre el vehículo de modo no permanente y se utilicen los soportes previstos por el fabricante."
Cualquier persona podrá entender que por ejemplo unas maletas no se deben considerar reforma, puesto que son desmontables con herramientas convencionales. Ahora bien, si le has soldado al chasis una estructura para llevar una máquina de afilar cuchillos, si se debe considerar reforma.
Esta polémica ha generado mucho malestar entre las personas que han ido a pasar la ITV de su moto, scooter o ATV, y mucha consulta innecesaria a los concesionarios, talleres, fabricantes, etc. Finalmente, y a consecuencia de todo este malestar, se han reunido las partes implicadas a través de sus representantes (Ministerio de Industria, ANESDOR y AECA), y su diálogo ha sido con el fin de que prevalezca la lógica en la aplicación de la Ley en cuestión.
Así pues, de esta reunión ha salido un consenso según han informado; AECA informará a las ITV's asociadas (95%), para que no consideren reforma elementos muy habituales en el sector de la motocicleta como pueden ser: maletas y baúles si son desmontables, cubremanos si son de material flexible, soportes de maletas que no sobresalgan de la carrocería, topes anticaidas con dimensiones razonables y formas redondeadas, neumáticos que no excedan en un 3% las medidas originales y siempre que tengan códigos de carga y velocidad igual o superior, y algunos más que nos consta, pero que por no tener ningún documento que los detalle, no podemos enumerarlos todos.
A partir de ahora, en teoría deben de ir desapareciendo estos "fantasmas" de las ITV's y deberán aplicar la lógica, así pues; si tienes que pasar la ITV, comienza a ver que le has montado y si este elemento tiene lógica y no genera peligro para quienes se acercan a la moto (elementos que sobresalen, cortantes, punzantes, etc.) Y si tu crees que está dentro de esa lógica y el empleado considera que no, siempre te cabe la posibilidad de pedir la hoja de reclamaciones, y redactar una queja enumerando muy detalladamente el porqué y el cómo, acompañando unas fotos que tú mismo puedes realizar in situ con tu móvil.
Si el empleado de la ITV te ve con firmeza y seguridad de lo que estás haciendo, al menos seguro que reflexionará y consultará con el jefe de línea, con lo que tendrás otro punto de vista de un superior, que igual "reblandece" la cuestión para no llegar a cumplimentar la hoja de reclamaciones. Pero en cualquier caso, debes defender la Ley y la lógica con todos tus derechos de usuario.